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AI Act, artículo 50: el marcado de los visuales IA ya está en vigor. Lo que su marca debe hacer ahora

Desde el 2 de agosto de 2026, las obligaciones de transparencia del AI Act se aplican a los contenidos generados por IA. Si su marca publica visuales creados o sustancialmente modificados por IA, está dentro del ámbito: deben llevar una marca legible por máquina. Esto es lo que exige el texto, las fechas a recordar y cómo ponerse en conformidad.

5 minIr a la FAQ

¿Está usted dentro del ámbito?

El artículo 50 del reglamento europeo de inteligencia artificial trata de la transparencia de los contenidos producidos o retocados por IA. El criterio no es el tamaño de su empresa, es su uso: en cuanto imágenes, vídeos o sonidos generados por IA circulan hacia el público, la obligación existe. Unas pocas situaciones muy comunes bastan para entrar en el ámbito:

  • Packshots y visuales e-commerce generados por IA para sus fichas de producto;
  • Contenidos de redes sociales producidos con una herramienta de generación de imágenes;
  • Fotos retocadas sustancialmente por IA: fondo reemplazado, producto recortado y reubicado;
  • Campañas multipaís adaptadas automáticamente por modelos generativos.

El marcado de los visuales IA ya no es una buena práctica: es una obligación.

Lo que exige el artículo 50

El texto pide dos cosas distintas. Primero, avisar a las personas cuando interactúan con una IA, un asistente conversacional por ejemplo. Segundo, y esto es lo que afecta a sus visuales: todo contenido generado o manipulado por IA debe llevar una marca legible por máquina, integrada en el archivo, para que un sistema pueda identificarlo automáticamente como artificial. Una filigrana visible al ojo no basta; un logo colocado sobre la imagen tampoco.

La responsabilidad recorre toda la cadena: el proveedor del sistema de IA marca las salidas, y la marca que publica debe asegurarse de que sus contenidos realmente la llevan. Los incumplimientos exponen a multas de hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación anual mundial.

Las fechas que cuentan

El calendario es fácil de recordar, con un matiz introducido este verano por el paquete legislativo Omnibus sobre la IA:

  • 1 de agosto de 2024: entrada en vigor del AI Act. Las obligaciones se escalonan desde esa fecha.
  • 2 de agosto de 2026: se aplican las obligaciones de transparencia del artículo 50. La información a los usuarios y el etiquetado de contenidos son exigibles, y todo sistema de IA generativa comercializado desde esta fecha debe marcar sus salidas en formato legible por máquina.
  • 2 de diciembre de 2026: fin del periodo de gracia concedido por el Omnibus (en vigor desde el 27 de julio de 2026) a los sistemas ya comercializados antes del 2 de agosto. Pasada esa fecha, no queda ninguna excepción.

Dicho de otro modo: si su herramienta de generación es reciente, la obligación ya corre; si estaba en el mercado antes del 2 de agosto, le quedan unos meses para ponerse al nivel. En ambos casos, la pregunta a su proveedor es la misma: ¿sus salidas están marcadas, y cómo?

C2PA y SynthID: cómo es un visual conforme

Dominan dos tecnologías. El estándar C2PA adjunta al archivo un manifiesto de origen: quién produjo el contenido, con qué herramienta y qué se modificó. Las plataformas y las herramientas de verificación saben leerlo. SynthID, desarrollado por Google DeepMind, inscribe un tatuaje invisible directamente en los píxeles de los contenidos producidos por los modelos de Google: el ojo no ve nada, una máquina lo detecta.

En PixAi, el marcado no es una opción que activar: PixAi Frame integra el marcado C2PA en su pipeline de producción, complementado por SynthID cuando la generación se apoya en los modelos de Google. La conformidad se lee en los archivos, no en los folletos. Queda ponerla en marcha de su lado, y es más sencillo de lo que parece.

Ponerse en orden: por dónde empezar

  • Cartografíe: identifique dónde sus equipos generan o retocan visuales con IA, incluidas agencias y freelances.
  • Verifique el marcado real: pida un archivo entregado y controle lo que lleva. Una insignia «generado por IA» colocada sobre la imagen no es un marcado legible por máquina.
  • Guarde el rastro: archive lo que produce, con qué herramienta y qué versión. Es la base de una gobernanza sana, más allá de la conformidad.
  • Prefiera herramientas que marquen por defecto: un paso manual siempre acaba saltándose un día de prisas.

El artículo 50 no es un muro. Si su cadena de producción marca sus visuales por sí sola, la conformidad se convierte en una constatación más que en una obra. Y si quiere ver en concreto cómo queda con sus propios productos, generamos algunos juntos en treinta minutos.

Este artículo presenta nuestra lectura operativa del texto; no sustituye a un asesoramiento jurídico.

FAQ: marcado de contenidos IA y artículo 50

¿Una foto real retocada con IA debe marcarse?

Sí, en cuanto la modificación es sustancial: fondo reemplazado, elementos añadidos o eliminados, producto reubicado. El artículo 50 cubre los contenidos generados y los manipulados por IA. Una corrección menor de tipo brillo o recorte no entra en este ámbito.

¿Los visuales creados antes del 2 de agosto de 2026 deben marcarse retroactivamente?

El texto no obliga a retomar lo existente: la obligación recae sobre los contenidos producidos por los sistemas en servicio desde la entrada en aplicación. Marcar también sus archivos sigue siendo una buena práctica de trazabilidad, sobre todo si se vuelven a difundir.

¿Basta con una filigrana visible o una insignia «IA»?

No. La mención visible puede ser útil para informar al público, pero el artículo 50 exige una marca legible por máquina, integrada en el archivo y detectable automáticamente. Los dos enfoques se complementan; el segundo es obligatorio.

¿Quién es responsable del marcado: la herramienta de generación o la marca?

Existen los dos niveles. El proveedor del sistema de IA debe marcar las salidas en formato legible por máquina. La marca que publica, como implementadora, debe asegurarse de que sus contenidos difundidos la llevan e informar al público cuando se requiere. En la práctica: elija una herramienta que marque, y verifíquelo.

¿Una marca fuera de la Unión Europea está afectada?

Sí, en cuanto sus contenidos generados por IA llegan a personas en la Unión. Como el RGPD, el AI Act tiene alcance extraterritorial: lo que cuenta es el público expuesto, no la sede de la empresa.

Visuales marcados desde la generación

PixAi Frame integra el marcado C2PA en su pipeline de producción, complementado por SynthID cuando la generación se apoya en los modelos de Google. Hablemos de su puesta en conformidad: demo de 30 minutos, con sus productos.

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